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Evaluación ambiental estratégica

La evaluación ambiental estratégica (EAE) analiza los efectos ambientales de planes y programas, conforme a la Ley 21/2013. En Ideas Medioambientales aportamos el análisis ambiental técnico para planes urbanísticos, energéticos y territoriales, desde el documento de inicio hasta la Declaración Ambiental Estratégica.

Qué es la evaluación ambiental estratégica

La evaluación ambiental estratégica (EAE) es el procedimiento que analiza los efectos ambientales de los planes y programas, a diferencia de la evaluación de impacto ambiental (EIA), que analiza los efectos de proyectos concretos. Se aplica a instrumentos de planeamiento urbanístico, planes territoriales, planes energéticos y otros planes o programas que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos, conforme a la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

Al igual que en la evaluación de proyectos, la Ley 21/2013 distingue entre evaluación ambiental estratégica ordinaria y simplificada, en función del tipo de plan y de sus efectos potenciales sobre el medio ambiente.

Qué planes están sujetos a EAE

  • Planes generales de ordenación urbana y sus revisiones o modificaciones sustanciales.
  • Planes Especiales de Infraestructuras (PEI) que ordenan instalaciones energéticas o de transporte.
  • Planes de ordenación de recursos naturales y planes forestales de ámbito supramunicipal.
  • Planes energéticos autonómicos que establecen el marco para la implantación de energías renovables en el territorio.
  • Planes hidrológicos de cuenca y planes de gestión del riesgo de inundación.

Fases del procedimiento

  1. Documento de inicio, elaborado por el promotor del plan, con los objetivos, alcance y contenido previsto del plan y sus alternativas.
  2. Documento de alcance, emitido por el órgano ambiental tras consultar a las administraciones afectadas y al público interesado, que determina el contenido del estudio ambiental estratégico.
  3. Estudio ambiental estratégico, elaborado por el promotor conforme al documento de alcance, analizando los efectos previsibles del plan sobre el medio ambiente.
  4. Información pública del plan y del estudio ambiental estratégico, con un plazo mínimo de 45 días hábiles.
  5. Declaración Ambiental Estratégica (DAE), resolución del órgano ambiental que determina los efectos previsibles del plan y establece las condiciones para su aprobación definitiva.

Diferencia con la evaluación de impacto ambiental de proyectos

La EAE evalúa el marco de ordenación (el plan), mientras que la EIA evalúa proyectos concretos que se desarrollan al amparo de ese plan. Un proyecto puede requerir su propia EIA aunque el plan que lo ampara ya haya superado la EAE, salvo que la normativa establezca expresamente lo contrario para determinados supuestos.

Errores frecuentes

  • Confundir el alcance de la EAE con el de la EIA de proyecto, aplicando el nivel de detalle incorrecto al documento.
  • No identificar correctamente si el plan está sujeto a evaluación ordinaria o simplificada desde el inicio de su tramitación.
  • Iniciar la redacción del plan antes de recibir el documento de alcance, lo que puede obligar a reformular contenidos ya avanzados.

Por qué confiar en Ideas Medioambientales

Participamos en la evaluación ambiental estratégica de planes urbanísticos, energéticos y territoriales, aportando el análisis ambiental técnico necesario para la redacción del documento de inicio, el estudio ambiental estratégico y el seguimiento del procedimiento hasta la Declaración Ambiental Estratégica.

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