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Hoy se publica el Real Decreto 264/2017, de 17 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la financiación de la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
¿A quién financian?
A las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, titulares de las líneas eléctricas.
¿Qué líneas eléctricas pueden financiarse?
Aquellas líneas eléctricas que figuren en el inventario de líneas eléctricas aéreas de alta tensión que provocan una significativa y contrastada mortalidad por electrocución de aves incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, particularmente las incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, y en los catálogos autonómicos, inventario al que se refiere la disposición transitoria única.3 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Y aquellos proyectos que contemplen actuaciones de corrección estructural de las líneas eléctricas que garanticen las distancias de seguridad entre elementos conductores y cumplir con las prescripciones técnicas reguladas en los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Se priorizarán aquéllos proyectos que tengan por objeto líneas eléctricas cuya incidencia en la mortandad de especies en peligro de extinción o de otras especies amenazadas haya sido probada, así como aquellos proyectos que se refieran a líneas eléctricas en las que la electrocución de aves haya sido causa de incendio forestal grave, de acuerdo con el informe que emita la administración competente, así como líneas que discurran en el territorio de un Parque Nacional.
¿Dónde puedo encontrar más información?
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