Hace unos meses publicábamos el post Aprobación “exprés” de proyectos renovables, donde os informamos de la publicación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
El pasado viernes se publicó el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que introduce novedades en la aprobación “exprés” de proyectos renovables.
Y es que la principal novedad introducida por este Real Decreto-ley es excluir del procedimiento de emisión de informes de afección ambiental a los proyectos ubicados en zonas de sensibilidad moderada según la “Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables” conforme a la herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológico y el Reto Demográfico.
También, con el objeto de reforzar la participación pública en el procedimiento simplificado de autorización de proyectos de energías renovables, es decir, de aquellos proyectos que hayan obtenido el informe de determinación de afección ambiental favorable, se introducen modificaciones para que, durante el trámite de información pública regulado en los artículos 125 y 126 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se podrán realizar las observaciones de carácter medioambiental que procedan (nueva redacción del artículo 7.1.c) del RDL 6/2022).
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