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Aprobación del Plan de gestión de las Zonas de Especial Protección para las Aves de ambientes esteparios en CLM

Avutarda común

Avutarda común

Con fecha de 15 de mayo de 2024, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 72/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la revisión del Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha. [2024/3697].

Ámbito de aplicación

Disposición derogatoria. Queda derogada la Orden de 77/2019, de 22 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que en ejecución de sentencia se procede a la publicación íntegra en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Orden 63/2017, de 3 de abril, por la que se aprueba el Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios.

Disposición final. Entrada en vigor.  La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y estará vigente desde dicho momento hasta el de su revisión. Este Plan de Gestión se revisará cada cinco años, salvo que circunstancias excepcionales hagan necesaria su revisión en un plazo anterior, y se prorrogará hasta la aprobación del siguiente.

Espacios de la Red Natura 2000 objeto del Plan de Gestión

CÓDIGO TIPO NOMBRE PROVINCIA
ES0000153 ZEPA Área Esteparia del este de Albacete Albacete
ES0000154 ZEPA Zona Esteparia de El Bonillo Albacete
ES0000157 ZEPA Campo de Calatrava Ciudad Real
ES0000158 ZEPA Áreas Esteparias del Campo de Montiel Ciudad Real
ES0000390 ZEPA San Clemente Cuenca
ES0000167 ZEPA Estepas Cerealistas de La Campiña Guadalajara
ES0000170 ZEPA Área Esteparia de la Mancha Norte Toledo, Cuenca y Ciudad Real
ES0000435 ZEPA Área Esteparia de la margen derecha del río Guadarrama Toledo

Objetivo del Plan

Agrupar en un único Plan la gestión de las zonas de especial protección para las aves esteparias existentes en ambientes agrarios, en consonancia con lo indicado tanto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, como en la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, adoptando medidas orientadas a salvaguardar la integridad ecológica del espacio y contribuir a la coherencia de la red Natura 2000 en Castilla-La Mancha.

Aspectos relevantes del plan

Elemento clave “aves esteparias”

Se definen las especies clase del plan, siendo:

La avutarda (Otis tarda) (VU), el sisón (Tetrax tetrax, VU), el cernícalo primilla (Falco naumanni, VU), el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus, IE), la ganga ibérica (Pterocles alchata, VU), la ganga ortega (Pterocles orientalis, VU), el aguilucho cenizo (Circus cyaneus, VU), el aguilucho pálido (Circus pygargus, VU), el alcaraván (Burhinus oedicnemus, IE), la grulla común (Grus grus, VU), la calandria (Melanocorypha calandra, IE), la bisbita campestre (Anthus campestris, IE), la cogujada montesina (Galerida theklae, IE), la cogujada común (Galerida cristata, IE), la terrera común (Calandrella brachydactyla, IE), la codorniz común (Coturnix coturnix, NC), el elanio azul (Elanus caeruleus, VU), el chorlito carambolo (Eudromias morinellus, IE), el esmerejón (Falco columbarius, IE), la alondra totovía (Lullula arborea, IE), el abejaruco europeo (Merops apiaster, IE), la collalba rubia (Oenanthe hispánica, IE) y la tórtola europea (Streptopelia turtur, NC).

Curiosamente no se incluye la terrera marismeña (Alaudala rufescens, IE).

Delimitación de las zonas ZEPA

La cartografía de las zonas ZEPA objeto de este Plan son similares a la cartografía ya existente.

Sin embargo, ha sido preciso realizar ajustes superficiales (sin modificación cartográfica) puntuales en zonas perimetrales de las ZEPA al observar la presencia de superficies muy pequeñas en términos municipales colindantes.

Idoneidad de hábitat y conectividad ecológica del territorio

Durante el proceso de revisión del plan de gestión se han desarrollado una serie de modelos de análisis territorial que complementan la caracterización del medio para contribuir a la gestión de estas especies y sus hábitats.

Los modelos obtenidos se basan en metodologías avaladas por la comunidad científica, y recogidas como una de las herramientas para la identificación de áreas de interés para la conservación y restauración de corredores ecológicos dentro de la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica.

Figura 1. Mapa de la matriz territorial de idoneidad de hábitat para las especies esteparias consideradas, sobre la que se superponen las ZEPA de ambientes esteparios. Fuente: Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha (Año 2024).
Figura 2. Modelo de resistencia territorial de hábitat para las especies esteparias consideradas, sobre la que se superponen las ZEPA de ambientes esteparios y zonas núcleo. Fuente: Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha (Año 2024).
Figura 3. Mapas de las franjas conectoras entre las zonas núcleo para las especies esteparias consideradas, sobre la que se superponen las rutas de menor coste acumulado. Mapa realizado con un modelo de resistencia más restrictivo. Fuente: Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha (Año 2024).
Figura 4. Clasificación de corredores ecológicos entre las zonas núcleo para las especies esteparias consideradas. Fuente: Plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha (Año 2024).

Zonificación

La zonificación del Espacio Natura 2000 pretende organizar el territorio en función del valor de los recursos naturales existentes y la capacidad de cada zona para acoger potenciales usos e infraestructuras, de tal manera que se asegure la compatibilidad entre ellos. Se proponen dentro de los espacios objeto del Plan las siguientes categorías de zonificación:

– Zona de Conservación Prioritaria (zona A).

– Zona de uso compatible (zona B).

– Zona de uso especial (zona C).

¿Cómo afecta esta modificación a la implantación de proyectos de energía renovable?

Criterios a tener en cuenta en los procedimientos de evaluación ambiental.

En el apartado Medidas horizontales y costes administrativos relacionados con la red natura 2000 se propone dentro de la evaluación ambiental (6.1), se indica que dentro de los espacios de la Red Natura 2000 no se considera autorizable la instalación de nuevas instalaciones de energía renovable, por la pérdida de hábitat que ocasionan y el impacto sobre las aves esteparias.

Fuera de los espacios de las Red Naura 2000 en el desarrollo de proyectos de energías renovables se deberían tener en cuenta las zonas de hábitat idóneo y conectoras, recogidas en la planimetría mostrada anteriormente. Aunque estas áreas no cuenten con una regulación específica se debe evitar su pérdida o el deterioro de las mismas:

Medidas compensatorias

Se recomienda el correcto establecimiento, mantenimiento y seguimiento de medidas compensatorias de hábitat estepario, en consonancia con las Medidas de mantenimiento y restauración de especies y hábitats relacionadas con lugares natura 2000 (6.2), así como las recomendaciones, protocolos y guías metodológicas emitidas por cada administración.

Estas medidas deben estar encaminadas al fomento y mejora de hábitats para las “principales especies clave” de avifauna esteparia mediante la diversificación del paisaje agrícola tradicional, establecimiento de barbechos de larga duración y linderos de vegetación natural.

Referencias:

La foto de portada ha sido realizada Alfonso Guío

Enlaces relacionados: https://ideasmedioambientales.com/estrategia-para-la-conservacion-de-las-aves-esteparias/

Rosa María Colás, Evaluación Ambiental

Cristóbal Martínez y Gaspar Arenas, Biodiversidad

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