Gabriel Villena Adiego (Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniería mecánica) se encuentra inmerso en la construcción de su cuadricóptero con sensores ambientales con la intención de que puedan ser útiles en el campo medioambiental, para adentrarnos en este mundo nos explica en este post el origen de los drones, sus posibilidades desde el punto de vista ambiental así como sus limitaciones debido a la regulación de los mismos.
.- Según la AESA (Agencia Española de Seguridad Aérea), los UAVs (acrónimo inglés de vehículo aéreo no tripulado) o más popularmente conocidos como drones, son sólo los aparatos de uso comercial, siendo el resto de ellos aeromodelos o aeronaves pilotadas por control remoto.
En el principio de sus días, se desarrollaron con fines militares, como otros muchos grandes avances de nuestra civilización, estos aparatos fueron concebidos con el fin de reducir las bajas en los vuelos sobre territorio hostil, pero desde hace unos años estos “robots voladores” se han ido aplicando a otros fines menos beligerantes, entre los que se encuentra la toma de imágenes o reportajes de eventos o ciudades desde un punto de vista artístico, probablemente el fin más conocido por la difusión que está recibiendo en los medios.
Además de esta aplicación, cada día se le descubren nuevas utilidades, ya que según avanzan las tecnologías de sensores y cámaras de tomas de imágenes, se encuentran nuevas aplicaciones, y desde el punto de vista que compete a Ideas Medioambientales son: la prevención de incendios forestales o detección de puntos calientes en instalaciones eléctricas utilizando cámaras termográficas que permiten la detección de focos de calor; extinción de incendios o estudio del estrés hídrico en plantaciones así como la afectación por plagas, mediante el uso de cámaras multiespectrales que permiten contrastar las diferentes tonalidades de la vegetación y así localizar zonas afectadas por estos males; levantamientos topográficos, estudio de la masa arbórea, etc.
Su popularización ha obligado a iniciar su regulación por parte del Ministerio de Fomento y la AESA, ya que está prohibido el uso con fines comerciales de los aeromodelos, requiriendo autorización por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica que regule el uso de este tipo de aparatos, la AESA no puede emitir dichas autorizaciones porque carece de base legal para ello. Por tanto, utilizar drones para la realización de este tipo de trabajos con fines profesionales o comerciales sin autorización es ilegal y está sujeto a la imposición de las correspondientes sanciones
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